lunes, 6 de abril de 2009

Remate 17/04/09 en Mar del Plata

POR 3 DIAS - Juzgado Civil y Comercial Nº 14 de La Plata, comunica en autos "De Carolis Rodolfo Angel y Otros c/Nunes Pereira Aldo y Otros s/ Cobro Ejecutivo (excepto arrendamientos, etc.)", que el Martillero Carlos Condomí Alcorta (coleg. 4187) CUIT 20-04171248-2, con domicilio en la calle 48 Nº 880 de La ciudad de La Plata Telef. (0221) 421-8397/ y 15-463-8192, rematará EL DIA 17 DE ABRIL DE 2009 A LAS 10.30 HS., en la Sala de Audiencias del Juzgado 23, el 100% de los inmuebles ubicados en la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, en venta simultánea, con una diferencia de media hora entre uno y otro el primero en las calle Rivadavia N° 3239 1º "A" entre Independencia y Salta, Matrícula N° 74669/5 (045), Nomenclatura Catastral: Circ. I, Secc.: A, Manz. 55, Parc. 10; Subparcela 5, PoI. 01-02, con una superficie cubierta de 51 metros 22cms. Condiciones: Base, $34.636,00 al contado y al mejor postor, seña 30%, comisión 3% cada parte, sellado de Boleto 1%. De corresponder, el impuesto Nacional a la transferencia onerosa de inmuebles (Arts. 7.9 y 12 últ. párrafo y concs. Ley Nº 23.905) será abonado con el precio de venta, en calidad de costas (Arg. Art. 77 Cód. Proc.). Exhibición: el día 15 de abril de 11 a 12 horas, y el segundo en la calle Gascón N° 3721/27PB. al fondo, ent. Dorrego y 14 de Julio. Polígono 00-06, UF. 3, Nomenclatura Catastral: Circ. I; Secc. D, Manz. 38a, Parc. 11, Subparc. 3, Matrícula (045) 11.228, con una superficie cubierta de 86 mts. 95 dms2, Condiciones: Base $ 33.949,32 al contado y al mejor postor Seña 30% Comisión 3% cada parte, más IVA, Sellado de Boleto 1% Exhibición: día 15 de abril de 15 a 16 horas. Si la compra se realiza en comisión, deberá indicarse el nombre del comitente en el momento de la subasta, y deberá ratificarse dicha indicación mediante escrito firmado por ambos comisionista y comitente dentro del plazo indicado para abonar el precio. Se podrá optar por la inscripción directa de dominio, o designar escribano, en ese caso los gastos de escrituración serán a cargo del comprador. De corresponder el impuesto de sellos estará a cargo del comprador el 50% (Art. 253, 254, 258, 259, del Código fiscal Texto seg. Resolución nº 173/99 y mod. posteriores hasta Ley 12.616) sin perjuicio de ello, resultando las partes que formalizan el acto solidariamente responsables por el total del gravamen. (Art. 269 del cuerpo citado Cam. I, Sala 2da. Causa 239.558/1 reg. int. 378/02), no obstante ante la inexistencia de fondos suficientes correspondientes al precio de venta estará a su cargo el total del impuesto a los sellos, sin perjuicio de su eventual chance de repetir ante el Fisco por el otro 50%. Los tributos nacionales, provinciales, o municipales, que eventualmente correspondan sobre lo subastado, devengados hasta la toma de posesión, serán abonados con el precio de venta, en tanto no se acredite en autos la existencia de algún otro crédito prioritario (v. gr. gastos de justicia, Art. 3879 inc. 1 y 3900, C. Civil, sin perjuicio de la responsabilidad que también le cupiere al comprador ver Art. 19 del C. Fiscal vigente). Dichos gravámenes, en tanto posteriores a la orden de toma de posesión, estarán a cargo exclusivamente del adquirente, pero se hace saber que si por circunstancias imputables al adquirente se postergase el dictado de la providencia que ordene entregarle la posesión, los impuestos estarán a su cargo desde el vencimiento del plazo para ingresar el saldo de precio, que será dentro del quinto día de notificada por nota la providencia que apruebe el remate tal como lo indica el Art. 581 del CPCC. y deberá fijar su domicilio dentro del radio del Juzgado. Plata, 19 marzo de 2009. Luciana Tedesco del Rivero, Auxiliar Letrada.
L.P. 17.987 / abr. 6 v. abr. 8

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