jueves, 12 de marzo de 2009

Remate 27/3/09 en Magdalena

POR 3 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. Nº 25, Secretaría única La Plata, a cargo del Doctor Carlos J. Catoggio, comunica que el Martillero Público, Carlos A. González, colegiado. 3886, monotributista, con domicilio en calle 11 Nº 360 entre 39 y 40 La Plata, cel. 0221-155018787, rematará EL DIA 27 DE MARZO DE 2009 A LAS 10 Y 30 HS. en la Sala de Audiencias del ex Juzgado Civil y Comercial Nº 3, Tribunales La Plata, calle 13 e / 47 y 48, un inmueble (ad-corpus) en block (inmueble y muebles) y sin funcionar denominado (Agro Magdalena S.A.A.I.E) ubicado en Ruta 11 km 47,5 empalme a Magdalena, Partido de Magdalena, dominio matrícula 8.209, nomenclatura catastral: Circ. I, Sec. G, chacra 107, Fracción I, Partida 1.846, con superficie de 39.495 ms2.; por plano 65-85-84 tiene por servidumbre de electroducto una restricción al dominio de 2.014 ms2. de superficie (plano agregado en autos). Conforme a mandamiento de fs. 272/273 los bienes muebles, en el estado en que se encuentran, son: 4 escritorios, 1 caja fuerte, 3 estanterías metálicas de 5 estantes, 3 sillas,1 incubadora, 1 mesa, 1 mini tolva siendo su estado general regular, pero se encuentran abandonados y maltratados, fuera del predio existe 1 bombeador, 1 tanque de agua, 1 balanza para camiones de 3 ms. por 21ms. marca Bianchetti, hacia el Sudeste existe un tinglado de estructura metálica y chapa de zinc y paredes en parte de material y piso de cemento alisado de 42 ms. por 20 ms. aproximadamente con 3 portones de chapa de zinc el del frente y lateral cerrados con candado y el del fondo del predio forzado y abierto ,en su interior existen 7 silos chicos, 4 tolvas, 1 moledora de cereal sin motor, 1 carrito manual, 1 balanza de báscula chica, fuera del galpón al otro lateral del predio una planta de 8 silos de gran porte, en el centro de estos se encuentra la noria y la secadora sin los motores respectivos dichas máquinas tiene un tinglado de chapa de zinc, todo sin uso, en estado de abandono, descripción efectuada conforme mandamiento de fs. 272/273. (se verán los mismos el día de visita 16 de Marzo de 2009 de 10 a 12 y 30 hs). Base $ 322.982,36, comprensiva de $ 222.982, 36, -por el terreno y mejoras y $ 100.000.-por el valor de los bienes muebles comprendidos en la diligencia de constatación de fs. 273 individualizados precedentemente.- Seña 20 % - 1/ 00 adicional comisión del martillero (art.38 inc. b, Ley 7014) - Comisión 4,5 % más IVA si correspondiere a cargo del comprador - 1 % en concepto de impuesto de sellos, todo en efectivo en dicho acto, el saldo de precio deberá depositarse en efectivo al 5º día de aprobado el remate, en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales de La Plata, a cuenta de autos y orden de S.S. bajo apercibimiento de declararse postor remiso, y darle por perdida la garantía a favor del activo de la quiebra, debiendo acreditarlo en autos en idéntico plazo con la respectiva boleta de depósito.- No habrá de reconocerse cesión de los derechos emergentes del boleto de compraventa.-Si la compra lo fuere en comisión deberá indicar el nombre de sus comitentes en el mismo acto de la subasta y ratificar lo actuado al abonar el saldo de precio, bajo apercibimiento de tener al comprador por adjudicatario definitivo.- El adquirente constituirá domicilio legal radio del Juzgado, bajo apercibimiento del art. 133 del CPC.- .-La venta se realizará por ofertas bajo sobre con mejoramiento de la base, debiendo los interesados efectuar el depósito del 20 % de seña de la oferta que realicen, presentándose estas en sobre cerrado ,tipo oficio, contra entrega de recibo, imponiéndosele el sello de cargo (art.124 CPCC) cruzado en la solapa de estos que en su parte exterior deberá constar en forma legible la leyenda “Oferta en autos Agro Magdalena S.A.A.I.E s / Quiebra” sin otro dato que identifique al presente y en su interior debe contener: 1) Nombre de la persona de existencia visible y denuncia de documento nacional de identidad o ideal oferente con su debida inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y / o Inspección General de Justicia, precio ofrecido, domicilio real y constituido en el radio de la ciudad asiento del Tribunal y en su caso demás datos personales, todo ello con el debido patrocinio letrado (art.56 C.P.C.C.); 2) Tratándose de sociedades y otras entidades de existencia ideal se adjuntarán copia auténtica del contrato social o instrumento constitutivo y los documentos que acrediten la personería del oferente; 3 ) Original de la boleta de depósito en garantía de la oferta a efectuarse en efectivo y por el 20% de la oferta efectuada en el Banco de la Provincia de Buenos Aires sucursal Tribunales La Plata en dinero en efectivo a la orden del infrascripto y como pertenecientes a estos autos dejándose establecido que el incumplimiento de las condiciones precitadas motivará tener a esta por no presentada; las mismas se recibirán en Secretaría hasta 24 horas antes del día fijado para la subasta, y en el acto de subasta preliminarmente, en presencia del Síndico, Martillero, el Infrascripto y Sr. Actuario, se labrará acta de las ofertas recibidas definiéndose cual ha sido la mayor leyéndose a los concurrentes y a partir de ella se procederá a su mejoramiento en remate público adjudicándose el bien al mejor postor; pudiendo los oferentes mejorar sus propuestas, en la misma subasta, sin límites, incluyendo al interesado cuya oferta se utiliza como base del presente llamamiento, en el acto se asentarán las mejoras sin limitación; el Juzgado se reserva el derecho de rechazar las ofertas recibidas por razones fundadas que se expresarán en la resolución que así lo disponga que no se ajusten con la presente decisión la que revestirá el carácter de irrecurrible (art. 273 inc. 3 L.C.Q) ; el adquirente en subasta deberá integrar en dinero en efectivo la diferencia en más de la seña depositada, en el mismo acto y ante el Enajenador actuante y el 4,5 % de comisión a su cargo con más el IVA si correspondiere debiéndose abonar el saldo de precio dentro del quinto día de aprobado el remate bajo apercibimiento de considerarlo postor remiso en los términos del art. 585 del CPCC y darle por perdida la garantía a favor del activo de la quiebra, debiendo acreditarlo en autos en idéntico plazo mediante la pertinente boleta de depósito.- Al día siguiente de la venta se librarán los giros a favor de los oferentes que no hayan resultado compradores por los importes depositados.- La posesión se otorgará en forma inmediata una vez aprobada la subasta e integrado el saldo de precio, librándose el mandamiento de estilo.- Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados y otros que tengan directa vinculación con la transferencia a realizarse, por los adquirentes, entendiéndose por tales las diligencias tendientes a la transmisión dominial de los mismos, escrituraciones, confección del estado parcelario, entre otros, estarán a cargo de los compradores.- Los impuestos que gravan al inmueble se establece que los devengados con anterioridad al decreto del concurso preventivo y quiebra serán satisfechos en la oportunidad prevista en los arts. 218 y concs. de la L.C.Q, los posteriores tendrán el carácter de gastos del concurso (arts. 239,240 L.C.Q.) y los que se devenguen a partir del otorgamiento de la posesión se encuentran a cargo del adquirente en subasta. La presentación de la oferta importará para el oferente el conocimiento y aceptación de las condiciones de venta dispuesta precedentemente. Autos “Agro Magdalena S.A.A.I.E. s / quiebra s / incidente ”. Expte. 56.946 / 2005. Más informes al Juzgado en expediente y / o martillero interviniente. La Plata, 3 de marzo de 2009. Gabriel H. Acosta. Abogado-Secretario.
C.C. 2.125 / mar. 10 v. mar. 12

No hay comentarios:

Publicar un comentario